La Justicia federal rechazó presentación para detener Agua Rica

La Justicia federal rechazó presentación para detener Agua Rica

Ambientalistas habían solicitado la clausura preventiva del yacimiento. Servini de Cubría lo rechazó.

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1, a cargo de la jueza Servini de Cubría, rechazó dos veces un pedido de suspensión y clausura sobre el yacimiento Agua Rica, solicitado por la Asamblea “El Algarrobo”.
La causa tuvo su origen en 2019 con una denuncia por supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público, efectuada ante el fuero federal contra directivos de una empresa minera, argumentando la posible violación de la ley de glaciares ante el avance en las tareas de exploración en el yacimiento Agua Rica.
En el marco de esa causa, en abril pasado, la representación legal de la asamblea “El Algarrobo” solicitó la clausura preventiva de Agua Rica, solicitud que fue rechazada, pero el fiscal Marijuán había ordenado cumplir con una inspección ocular en el área de Agua Rica.
El Estado provincial realizó el pasado viernes una presentación judicial argumentando que “la medida ordenada por el fiscal Marijuán constituye un doble atropello a la jurisdicción de la Provincia: se desconoce la competencia de la Justicia provincial al arrogarse competencia la Justicia federal para realizar investigaciones sobre supuestos daños ambientales en territorio provincial, lo cual es particularmente grave, si se tiene en cuenta que la Justicia ordinaria de la provincia ya ha prevenido; y se encomienda al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación una inspección para la cual carece de competencia alguna, tanto en razón del territorio como en razón de la materia”, se explica en la presentación realizada por la Fiscalía de Estado provincial. En este sentido, el ministro de Gobierno, Jorge Moreno, aseguró que “el Fiscal se extralimitó claramente porque se le solicitó que investigue un delito puntual y directamente tomó una decisión que no le corresponde en virtud de su competencia y para la cual no está plenamente preparado”.
El funcionario enfatizó que esto “constituyó un agravio abierto al sistema federal de gobierno posteriormente subsanado por la juez Servini de Cubría, ya que en ningún momento las provincias delegaron ninguna tarea o competencia de esta clase; el fiscal directamente optó por desplazar a las autoridades provinciales para suplirlas por las autoridades federales en la evaluación de impacto ambiental en territorio catamarqueño”.
Por su parte, el fiscal de Estado, Marcos Denett, aseguró que la denuncia inicial presentada para investigar a funcionarios públicos por presuntos delitos fue “deliberadamente subvertida para pedir una medida cautelar que no tiene ninguna conexión con lo que se pide investigar”.
“Está debidamente probado que quienes inician esta causa actuaron de manera mañosa, maliciosa y con mala fe procesal para inducir a un error a la Justicia Federal, buscando eludir lo que ya había sido dictaminado por los jueces naturales”, subrayó Denett.
La jueza federal Servini de Cubría concluyó que “toda vez que el auto atacado se encuentra sustanciado al responder a una medida solicitada por la querella respecto de la cual se pronunció el Procurador Fiscal, el recurso de reposición interpuesto debe ser rechazado in límine por improcedente, lo que así se decreta”. La medida de la magistrada fue firmada el 03/05/2021, con alta en el sistema el día 04/05/2021.
El Juzgado Federal N°1 ya había rechazado el pedido de clausura y paralización de actividades anteriormente. En sus fundamentos, la jueza María Eugenia Capuchetti, quien subrogaba a la titular del juzgado, María Romilda Servini de Cubría, en ese tiempo afectada por COVID, sostuvo que no tomaría ninguna decisión al respecto hasta tanto se cumpla con una inspección en el área de Agua Rica. 
El pasado 10 de abril hubo una manifestación en Andalgalá en contra del proyecto Agua Rica. La movilización terminó con el incendio de la empresa Agua Rica y la destrucción de la sede del Frente para la Victoria.n

FUENTE: ELANCASTI

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